LAS CLAVES DE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL

El nuevo proyecto de Ley de protección animal está dando mucho de qué hablar, tanto para bien como para mal. ¿Pero cuáles son las obligaciones y derechos que se contemplan?

SACRIFICIO CERO

Uno de los puntos más aplaudidos es la prohibición de sacrificar a animales sin una causa justificada, como son casos de enfermedad o herida intratable para evitar su sufrimiento, siempre bajo el estricto control y recomendación del profesional veterinario. 

Hasta ahora, los animales que habían sido abandonados y lleguen a la perrera serán sacrificados si no encuentran familia para ellos en 20 o 25 días, sin motivo justificado Una vez que entre en vigor la nueva normativa, se acabaron las eutanasia en esos casos.

YA NO SERÁN COSAS

Los animales ya se considerarán inembargables en procesos de embargo o desahucio, se tratará de responder a cuestiones jurídicas como el régimen de custodia de los animales de compañía en procesos de divorcio o separación, y se exige que el propietario ejerza sus derechos sobre el animal y sus deberes de cuidado, garantizando su bienestar.

PUBLICIDAD CON ANIMALES

Queda prohibida la utilización de animales como objeto publicitario, a no ser que se trate de actividades relacionadas con los mismos, en cuyo caso han de solicitar autorización en las administraciones competentes.

TIENDAS DE ANIMALES Y CRIADEROS

Queda prohibida la cría no autorizada de cualquier especie de animal de compañía, así como su comercialización en tiendas de animales y su exposición al público con fines comerciales.

Asimismo, la transmisión de animales sólo será válida si no hay intermediarios que actúen a título oneroso (es decir, que cobren dinero por ello). En el caso de transmisiones entre particulares, deberán ser gratuitas y quedar reflejadas mediante contrato, y siempre que los animales estén debidamente identificados.

Se pretende eliminar así a los criadores piratas o ejemplares importados de los países del Este en unas condiciones que se desconocen.

CURSOS PARA TENER MASCOTAS

Los dueños de mascotas han de realizar un curso para ser considerados aptos para tener un animal a su cuidado, algo que no ha sido bien recibido en general, ya que muchas personas han tenido mascotas toda la vida.

REGISTRO DE PERSONAS INHABILITADAS 

Si una persona física o jurídica está incapacitada para la tenencia, oficio o ejercicio de profesión, quedará inscrita en un registro, con el objetivo de evitar que puedan adquirir o adoptar a cualquier animal.

VIOLENCIA VICARIA

Los integrantes de parejas que amenacen o maltraten a sus mascotas serían excluidos del régimen de custodia, al igual que sucede con los hijos. Esto incluye a los animales en los casos de violencia vicaria, siempre que se les haya maltratado para hacer daño a la pareja.

ADIÓS A LOS “PPP”

Desaparecerá la lista de perros potencialmente peligrosos, compuesta por siete razas, y a partir de ahora se tendrá en cuenta el comportamiento y conducta del perrete y no la raza a la que pertenezca. Todos los perros tendrán que superar una prueba de validación para saber si el animal es de manejo especial o no.

OBLIGACIÓN DE ESTERILIZAR

Una de las medidas más polémicas es la obligación de esterilizar a machos o a hembras si conviven en el mismo hogar, con el objetivo de evitar las camadas indeseadas y la cría no autorizada.

CUIDADO ANIMAL

Aunque estos aspectos resultan obvios y nadie que aprecie a los animales les haría ningún daño, la nueva Ley también establece la prohibición de maltratar animales o agredirlos físicamente, tratarlos de forma negligente, abandonarlos, mutilarlos (excepto las efectuadas por un profesional veterinario por motivos de salud), utilizarlos en peleas, arrastrarlos con vehículos, utilizar collares, pinchos y otros artilugios que causen daño al peludo y otras más barbaridades. 

También incluimos las modificaciones por motivos estéticos, como pueden ser los tatuajes y tintes que ya explicamos en otro artículo.

Además, no podrás mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos, aunque nadie que los adore lo haría. A ello se une la prohibición de que un animal permanezca solo más tres días, y en caso de perros más de 24 horas seguidas.

Otros aspectos a tener en cuenta son los siguientes: la práctica del silvestrismo (afición a la captura y cuidados en cautividad de ciertos pájaros de campo) queda suprimida; no se podrá usar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; llevar a cabo actuaciones o prácticas de selección genética de las que se deriven problemas en la salud del peludo; habilitarles un espacio adecuado, así como integrarlos en el núcleo familiar; facilitarles tratamiento veterinario, entre otras.

EVACUAR EN CASO DE CATÁSTROFE

La nueva ley obliga a que los planes de emergencia de las comunidades autónomas concreten cómo se los va a evacuar, cuántos animales son o dónde se encuentran.

ADIÓS A LOS ESPECTÁCULOS CON ANIMALES

La ley restringe la utilización de animales en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias, que les causen angustia o sufrimiento y, en todo caso, en atracciones mecánicas o carruseles de feria, exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones.

TRABAJOS CON ANIMALES

Se acabó el someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad, y está prohibido valerse de animales para mendigar.

ALIMENTACIÓN

Queda prohibido el consumo de animales de compañía, tanto para humanos como para otros animales. 

Además, se impide la alimentación de animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los controles sanitarios.

CADÁVERES DE ANIMALES

Está prohibida la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación.

¿Y tú qué opinas sobre la nueva Ley?

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